
I. ¿Qué es RoHS y regula los cables?
RoHS es la Directiva de la UE sobre la restricción del uso de determinadas sustancias peligrosas en equipos eléctricos y electrónicos.
La versión actual es la 2011/65/UE (conocida en la industria como RoHS 2), que entró en vigor el 21 de julio de 2011, y los Estados miembros debían convertirla e implementarla antes del 2 de enero de 2013. La directiva restringe el uso de sustancias peligrosas en equipos eléctricos y electrónicos que dependen de corriente eléctrica o campos electromagnéticos para funcionar a tensiones que no superen los 1000 voltios CA/1500 voltios CC. Es importante tener en cuenta que los cables y las piezas de repuesto se han incluido en el ámbito de aplicación de RoHS desde el 22 de julio de 2019 (incluidos los cables fotovoltaicos como H1Z2Z2-K y PV1-F según EN 50618). Por lo tanto, los cables fotovoltaicos de CC y los cables de CA exportados desde China a la UE deben cumplir con los requisitos de RoHS; de lo contrario, no pueden comercializarse legalmente en el mercado de la UE. II.
10 Sustancias Restringidas y Límites
Según el Anexo II de la Directiva y las modificaciones de la Directiva de Autorización de la UE (UE) 2015/863, actualmente hay 10 sustancias restringidas, con límites basados en el porcentaje en peso del material homogéneo: plomo (0,1 %), mercurio (0,1 %), cadmio (0,01 %), cromo hexavalente (0,1 %), bifenilos polibromados (PBB) (0,1 %), éteres difenílicos polibromados (PBDE) (0,1 %) y cuatro ftalatos recientemente añadidos en la Directiva (UE) 2015/863: DEHP (0,1 %), BBP (0,1 %), DBP (0,1 %) y DIBP (0,1 %).
El límite de cadmio es el más estricto (0,01 %), y el concepto de «material homogéneo» es crucial: el límite se determina para cada capa de material individual del producto, no para el valor medio de todo el cable, si es que existe alguna capa del mismo.
Si el aislamiento, la cubierta, el revestimiento del conductor o el masterbatch superan el límite, todo el cable se considera no apto. Utilizar la «dilución global» para encubrir el exceso de un solo material es legalmente inadmisible. Los materiales de aislamiento y cubierta, así como los conductores de cobre estañado de los cables fotovoltaicos, son áreas clave para la inspección. La redacción de las cláusulas de exención de plomo (aleaciones de acero-aluminio-cobre, materiales vitrocerámicos, soldaduras de alta temperatura, etc.) se actualizó el 1 de julio de 2026, y la mayoría de las exenciones posteriores expirarán en 2027. Los componentes del cable que contienen revestimiento de plomo y soldadura deben inspeccionarse y reemplazarse con antelación.
III. Ruta de cumplimiento de RoHS y CE para cables fotovoltaicos
RoHS 2 es la directiva de marcado CE en virtud de la directiva RoHS: las empresas deben demostrar la conformidad del producto y completar el proceso de marcado CE para acceder al mercado de la UE.
El proceso consta de cuatro pasos.
El primer paso consiste en preparar la documentación técnica y evaluar los riesgos de las sustancias peligrosas en el producto y la cadena de suministro según la norma EN IEC 63000. El segundo paso consiste en realizar ensayos de materiales o declaraciones de materiales del proveedor, siguiendo los métodos de ensayo de la serie de normas EN IEC 62321. El tercer paso consiste en redactar la Declaración de Conformidad (DoC) de la UE, emitida en el formato del Anexo VI de la directiva.
El cuarto paso consiste en colocar la marca CE en el producto. En la práctica, las empresas exportadoras pueden solicitar a los fabricantes de cables que proporcionen informes de ensayos RoHS y formularios de declaración de materiales, y posteriormente realizar ensayos de muestreo en los propios cables terminados.
Los importadores y distribuidores también tienen responsabilidades de cumplimiento: los importadores deben asegurarse de que los fabricantes cumplan con las obligaciones anteriores, conservar copias de la Declaración de Conformidad y proporcionar la documentación técnica cuando lo requieran los reguladores del mercado.
IV. Diferencia con los módulos fotovoltaicos: Los módulos están excluidos permanentemente
El aspecto que suele generar más confusión al comprender el alcance de la directiva RoHS son los propios módulos fotovoltaicos: la directiva incluye explícitamente los paneles fotovoltaicos en el ámbito de exclusión permanente, y la Comisión Europea tiene una interpretación estricta de esta exclusión;
es decir, el módulo en sí no necesita cumplir con la directiva RoHS.
Sin embargo, los componentes de balance (BOS) de los sistemas fotovoltaicos, como cables, conectores, cajas de conexiones e inversores, no están exentos de esta exención y deben estar regulados según la directiva RoHS.
Por lo tanto, para los proyectos de sistemas fotovoltaicos exportados a la UE, los módulos pueden estar exentos de la directiva RoHS, pero los cables fotovoltaicos que los acompañan deben obtener la certificación de conformidad con la directiva RoHS y el marcado CE; de lo contrario, todo el contenedor puede estar sujeto a inspección aleatoria y ser retirado de los estantes por los reguladores del mercado durante el despacho de aduanas o la aceptación del proyecto.
Los exportadores deben explicar claramente a los clientes el límite de la «exención de módulos, inspección obligatoria de componentes» al cotizar precios y preparar documentos para evitar confusiones.
V.
Recordatorios prácticos y tendencias
Además de la directiva RoHS, las exportaciones de cables fotovoltaicos a la UE también requieren atención a tres requisitos complementarios: Primero, el reglamento REACH, que implica la declaración de Sustancias de Muy Alta Preocupación (SVHC) y las obligaciones relacionadas con la base de datos SCIP.
RoHS y REACH son aplicables en paralelo y no pueden sustituirse mutuamente. Segundo, normas de producto: los cables de CC deben obtener la certificación correspondiente según EN 50618 (1500V H1Z2Z2-K) o TÜV 2PfG 1169 (1000V PV1-F). RoHS solo aborda las sustancias peligrosas y no sustituye la certificación de rendimiento y seguridad. Tercero, validez de las exenciones: la UE revisa la lista de exenciones cada cuatro años. A partir del 11 de diciembre de 2026, caducará un lote de exenciones de plomo. Si los materiales que contienen plomo no se sustituyen antes de la fecha de caducidad, dejarán de estar protegidos por las exenciones. Se recomienda que las empresas establezcan un registro de control de sustancias peligrosas, realicen un seguimiento periódico de los cambios en la lista de exenciones de la UE y reevalúen el cumplimiento tras las modificaciones del producto, transformando así el cumplimiento de la RoHS de una prueba puntual a una gestión continua.
Conclusión
Los requisitos de la RoHS para los cables fotovoltaicos exportados a la UE se pueden resumir en: «cables incluidos, componentes exentos, diez límites, evaluación de materiales homogéneos y certificación CE obligatoria».
Garantizar el cumplimiento de las normas de producto, como la EN 50618 y la RoHS, controlar diez sustancias, incluidos el plomo y el cadmio, según las normas de materiales homogéneos, preparar la documentación técnica completa y las declaraciones de conformidad, y supervisar de cerca la expiración de las exenciones de plomo en 2026-2027 son cruciales para garantizar la venta a largo plazo de cables fotovoltaicos conformes a la normativa en el mercado de la UE.