
I. Primero, determinar la identificación: Clasificación por número ONU
Las baterías de almacenamiento de energía se clasifican como mercancías peligrosas de Clase 9 según las Recomendaciones de la ONU sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas. Antes del transporte, debe determinarse el número ONU correcto: las baterías de iones de litio transportadas solas son UN3480, mientras que las que se empaquetan o instalan en equipos son UN3481; las baterías de litio metálico corresponden a UN3090/UN3091; los sistemas de almacenamiento de energía con baterías de iones de litio en contenedores son UN3536; y los vehículos con baterías de iones de litio son UN3556.
A partir del 31 de marzo de 2025, los vehículos con baterías de litio ya no utilizarán la designación UN3171 y deberán declararse con la nueva designación. Una clasificación incorrecta conllevará directamente la denegación de la aceptación por parte del transportista e incluso sanciones administrativas.
II. Requisitos de transporte: UN38.3 e inspección del embalaje
Las baterías de litio deben superar primero la serie de pruebas UN38.3 (simulación de gran altitud, ciclos de alta y baja temperatura, vibración, impacto, cortocircuito externo a 55 °C, sobrecarga, descarga forzada, etc., un total de 8 pruebas), y obtener un informe y un resumen de las mismas.
Este es un requisito indispensable para el transporte.
Para los envíos marítimos, también deben completarse dos inspecciones del embalaje: el fabricante del embalaje solicita a la aduana la inspección del rendimiento del embalaje y obtiene el «Certificado de resultado de la inspección del rendimiento del embalaje de mercancías de entrada/salida»; el fabricante de la batería solicita la evaluación del uso del embalaje y obtiene el «Certificado de resultado de la evaluación del uso del embalaje para el transporte de mercancías peligrosas de salida».
El periodo de validez para el transporte marítimo y terrestre suele ser de 12 meses, mientras que para el transporte aéreo es de solo 3 meses.
III. Restricciones estrictas sobre el estado de carga (SoC)
Las restricciones sobre el estado de carga han sido un aspecto clave en la intensificación de la normativa en los últimos años. Para el transporte aéreo, según el Reglamento de Mercancías Peligrosas de la IATA, el estado de carga (SOC) de las baterías de iones de litio transportadas individualmente no debe superar el 30 % de su capacidad nominal.
A partir del 1 de enero de 2026, las baterías de iones de litio con una energía nominal superior a 2,7 Wh, cuando se transporten «junto con equipos», también deberán tener un SOC que no supere el 30 %.
Superar el 30 % requiere la autorización por escrito de las autoridades competentes tanto del país de origen como del país del transportista y se limita al transporte aéreo de carga. Para los vehículos eléctricos, el SOC de la batería no debe superar el 30 % ni la capacidad indicada debe superar el 25 %. Para el transporte marítimo, la industria generalmente recomienda que los gabinetes de almacenamiento de energía y los paquetes de baterías se entreguen con un estado de carga (SOC) más bajo (alrededor del 30 %) para reducir el riesgo de fuga térmica y cumplir con los requisitos de algunas compañías navieras. Se ha demostrado que reducir el SOC disminuye significativamente la probabilidad de fuga térmica.
IV. Requisitos de embalaje, etiquetado y marcado
Según la Guía de Embalaje P903, el embalaje de baterías de iones de litio debe cumplir con los niveles de rendimiento de embalaje de Clase II, con protección interna contra cortocircuitos y movimientos bruscos.
Cada paquete debe superar una prueba de caída de 1,2 metros en cualquier dirección.
Los paquetes que superen los 400 kg pueden utilizar el embalaje a granel LP903. Los paquetes deben estar claramente etiquetados con el nombre de envío correcto y el número UN (altura no inferior a 12 mm), y se debe colocar una etiqueta de mercancías peligrosas de Clase 9, marcas de manipulación de baterías de litio y una etiqueta de «Solo para aeronaves de carga» según sea necesario.
La carcasa de la batería debe estar etiquetada con la energía nominal (vatios-hora) según la norma SP348. Para el transporte en contenedores, las etiquetas de Clase 9 (de al menos 250 mm cuadrados) y los números UN (con una altura numérica de al menos 65 mm) deben colocarse en los cuatro lados del contenedor;
los sistemas de almacenamiento de energía en contenedores (UN3536) deben llevar etiquetas en lados opuestos. A partir de 2025, la etiqueta «Etiqueta de batería de litio» pasará a llamarse «Etiqueta de batería» e incluirá también las baterías de iones de sodio.
V.
Documentos de declaración y segregación de estiba
Para las exportaciones marítimas, se debe obtener un Informe de seguridad y transportabilidad de mercancías peligrosas (informe de carga) y un permiso de entrada/salida del buque (informe del buque) de las autoridades marítimas a través de un declarante de mercancías peligrosas. Este informe debe ir acompañado de una especificación técnica de seguridad de mercancías peligrosas, materiales de evaluación de las condiciones de transporte y un certificado de inspección del embalaje.
El buque transportador debe poseer un certificado de idoneidad válido.
El embalaje debe cumplir con los requisitos de la norma GB 40163, asegurando que los paquetes estén bien sujetos, tengan un centro de gravedad bajo y se encuentren cerca del centro del contenedor. Los paquetes no deben contener mercancías peligrosas inflamables o explosivas ni objetos metálicos punzantes. La bodega debe contar con una cobertura efectiva mediante un sistema fijo de extinción de incendios a base de agua.
Para el transporte aéreo, se deben completar el Formulario de Declaración de Mercancías Peligrosas del Remitente, el Formulario de Inspección de Aceptación y el Formulario de Notificación del Capitán.
Para el transporte aéreo de carga, también se debe presentar un NOTOC. Nuevas regulaciones en 2026
La versión 67 del Reglamento de la IATA sobre baterías de almacenamiento de energía (IATA DGR) entró en vigor el 1 de enero de 2026: se deben implementar con antelación restricciones obligatorias sobre el estado de carga, nuevos números UN para baterías de iones de sodio (UN3551/3552) e instrucciones de embalaje correspondientes, nuevos requisitos para la prueba de apilamiento a 3 metros y actualizaciones de los códigos IMP de carga de vehículos.
El mercado de la UE también debe prestar atención al Reglamento de baterías de 2023 (Reglamento (UE) 2023/1542) relativo al embalaje de transporte, el etiquetado de reciclaje y los requisitos de huella de carbono.
Conclusión
Los requisitos de transporte de exportación para baterías de almacenamiento de energía se pueden resumir en seis puntos: «número asignado, superación de pruebas, control de capacidad, gestión del embalaje, preparación de documentos y mantenimiento de la segregación».
Integrar las últimas normas IMDG e IATA DGR en el SOP de envío y ajustarlas puntualmente con las actualizaciones anuales de las normas es la garantía básica para la exportación segura y sin problemas de productos de almacenamiento de energía.