
¿Cuáles son los requisitos de REACH para los componentes de almacenamiento de energía fotovoltaica? REACH es el Reglamento de la UE sobre el Registro, la Evaluación y la Restricción de la Autorización de Sustancias Químicas.
Para los productos terminados de almacenamiento de energía fotovoltaica, el aspecto más crucial es la obligación del artículo: las sustancias altamente preocupantes (SVHC) superiores al 0,1 % deben notificarse a los usuarios y consumidores intermedios, las superiores a 1 tonelada/año deben notificarse a la ECHA en un plazo de 6 meses, y el exceso de este límite también requiere la notificación SCIP;
las baterías de almacenamiento de energía también están sujetas al Anexo 17 de REACH (límites de plomo/cadmio/mercurio).
I. ¿Qué es REACH y cuáles son sus cuatro pilares?
REACH = Reglamento de la UE sobre registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y productos químicos (CE n.º 1907/2006), vigente desde el 1 de junio de 2007, que protege la salud humana y el medio ambiente, y que es aplicado por la ECHA (Agencia Europea de Sustancias Químicas) (Fuente: UE/Intertek).
Registro: Las sustancias o mezclas con una producción/importación anual de ≥1 tonelada deben registrarse ante la ECHA. Las sustancias no registradas no pueden comercializarse («sin datos, no hay mercado») (Fuente: UE/Intertek).
Evaluación: La ECHA examina los expedientes de registro y los riesgos de las sustancias. Autorización: Las sustancias altamente preocupantes (SVHC) se añaden a la lista de autorización del Anexo XIV, y su uso queda prohibido después de la fecha de vencimiento, salvo autorización expresa (Fuente: UE/Intertek).
las empresas no pertenecientes a la UE pueden designar un único representante para cumplir con esta obligación (Fuente: UE).
II.
Obligaciones relacionadas con el artículo (críticas para el almacenamiento de energía fotovoltaica)
- SVHC>>0,1 % (en peso): Los proveedores de artículos deben proporcionar a los usuarios intermedios información de seguridad y facilitar gratuitamente el nombre y el contenido de la sustancia en un plazo de 45 días a partir de las consultas de los consumidores (Artículo 33) (Fuente: Conphora/OMC).
- SVHC>>0,1 % y total anual >1 tonelada: Los fabricantes/importadores deben notificar a la ECHA en un plazo de 6 meses (Artículo 7) (Fuente: OMC/Intertek).
Base de datos SCIP: Los artículos que contengan >0,1 % de SVHC deben presentar la información de identificación del artículo y de las SVHC a la base de datos SCIP de la ECHA (Directiva Marco sobre Residuos, vigente desde el 5 de enero de 2021) (Fuente: TÜV SÜD/OMC).
Determinación de artículos complejos: Calculado al 0,1 % por artículo (Caso C-106/14), las unidades/componentes completos se calculan por capa (Fuente: Conphora).
Restricciones de artículos importados: Cada lote importado se inspecciona de acuerdo con los puntos del Anexo XVII (límites de concentración/métodos de ensayo/fechas aplicables), y los artículos que contienen cadmio/ftalatos se revisan individualmente (Fuente: Conphora).
III. Aplicación y restricciones de REACH para componentes de almacenamiento de energía fotovoltaica
Módulos fotovoltaicos: Excluidos explícitamente de la directiva RoHS (artículo 2(4)(h)), las obligaciones de cumplimiento relacionadas con el plomo se derivan de la notificación de sustancias altamente preocupantes (SVHC) del artículo 33 de REACH y del reciclaje de RAEE. La perovskita/yoduro de plomo debe verificarse con la lista de sustancias candidatas de la ECHA (Fuente: Asaptic).
Baterías de almacenamiento de energía: Sujetas a las restricciones del Anexo 17 de REACH: plomo ≤0,01 % (100 ppm), cadmio ≤0,002 % (20 ppm), mercurio ≤0,0005 % (5 ppm). Obligatorias a partir del 18 de febrero de 2024 (Fuente: TÜV SÜD).
Superposición de la normativa sobre baterías: El artículo 6 del Reglamento (UE) 2023/1542 sobre baterías exige que estas cumplan simultáneamente las restricciones del Anexo 17 de REACH. 17 + Directiva ELV + Anexo 1 del Reglamento de Baterías (Fuente: TÜV SÜD).
IV.
Lista de sustancias SVHC y nuevas incorporaciones
- Lista de sustancias candidatas a SVHC: 36 lotes, 253 sustancias (n-hexano, bisfenol AF y sus sales añadidas el 4 de febrero de 2026), actualizada dos veces al año en junio y diciembre (Fuente: OMC).
- Nuevos ejemplos: n-hexano (neurotóxico/nivel equivalente de preocupación [ELOC]), bisfenol A (toxicidad para la reproducción);
La propuesta sobre el bisfenol A fue retirada (Fuente: OMC).
Los productos que contienen sustancias altamente preocupantes (SVHC) no pueden obtener la etiqueta ecológica de la UE (Fuente: OMC).
Las sustancias de la lista de candidatas podrían añadirse a la lista autorizada en el futuro, en cuyo caso se requerirá autorización para su uso continuado (Fuente: Intertek/OMC).
La lista de alto riesgo incluye: plomo, cadmio, ácido ftálico y ciertos retardantes de llama que se encuentran comúnmente en componentes electrónicos y materiales de baterías, estrechamente relacionados con el almacenamiento de energía fotovoltaica (Fuente: NovaEuris).
V. Proceso de pruebas y cumplimiento
Identificación de SVHC: Obtener declaraciones completas de materiales de los proveedores (celdas de batería, BMS, carcasas, cables) para confirmar si contienen >0,1 % (p/p) de SVHC (Fuente: NovaEuris).
Diligencia debida: REACH no exige pruebas específicas. Los análisis específicos los realizan laboratorios acreditados (SGS/TUV/BV): ICP-OES para metales y GC-MS para compuestos orgánicos, con un coste de entre 500 y 2000 dólares por variante de producto (Fuente: NovaEuris).
Notificación: Los importadores o fabricantes de la UE deben registrarse en el portal de la ECHA para recibir notificaciones de SVHC.
Las notificaciones son obligatorias para cantidades superiores a 1 tonelada y a un porcentaje anual superior al 0,1 % (Fuente: NovaEuris).
Documentación técnica: Conserve la lista de materiales (BOM), los informes de ensayo y la declaración del proveedor durante al menos 10 años para la vigilancia del mercado (Fuente: NovaEuris/Conphora).
Mantenimiento de la documentación: La lista de candidatos de la ECHA se actualiza cada seis meses. Los cambios de proveedor o las actualizaciones de la lista requieren la repetición de las pruebas y la actualización de la ficha de datos de seguridad (SDS) y la declaración (Fuente: NovaEuris).
Partes responsables y últimas tendencias
- Partes responsables: Las obligaciones del Reglamento REACH recaen sobre los importadores/fabricantes de la UE; los fabricantes de fuera de la UE pueden designar un representante único;
los importadores deben verificar que los fabricantes hayan cumplido con sus responsabilidades y conservar la documentación durante 10 años (Fuente: UE/Intertek).
- 27 de abril de 2026: La UE abandona la revisión integral del Reglamento REACH: se posponen el período de validez de registro de 10 años, el registro obligatorio de polímeros, etc., lo que proporciona a las empresas estabilidad en la planificación a corto plazo (Fuente: OMC).
- Sin embargo, se refuerza la aplicación de la normativa: interceptación en frontera de productos que no cumplen con la normativa + mayor vigilancia del mercado interior de la UE;
las modificaciones de los anexos aún pueden elevar el umbral (Fuente: OMC).
- Las propuestas de restricción de las sustancias PFAS son el siguiente paso, que se espera que se publiquen antes de finales de 2026;
Es necesario investigar previamente la cadena de suministro de productos químicos fluorados (PTFE/PVDF) (Fuente: OMC).
Para el almacenamiento de energía fotovoltaica: la Declaración Digital de Sustancias Químicas (DCD) (1 de noviembre de 2026), la normativa sobre baterías relativa a la huella de carbono y el reciclaje, y la norma EN 50581 están transformando el cumplimiento de la normativa química, pasando de la mera documentación a un requisito obligatorio para el acceso al mercado (Fuente: GISN/TUV SÜD).
VII. Recomendaciones para la Adquisición
Exigir la Declaración de SVHC + Informe de Ensayo para la Adquisición: Exigir a los proveedores que proporcionen la documentación de conformidad con REACH/SVHC (declaración de materiales + informe de terceros + Declaración de Conformidad) y verificar los componentes incluidos en la lista de candidatos de la ECHA (Fuente: NovaEuris).
Verificación por niveles de almacenamiento de energía fotovoltaica: Para los módulos, verificar la notificación de SVHC del Artículo 33 y el reciclaje de RAEE; para las baterías de almacenamiento de energía, verificar el Anexo 17 de REACH (límites de plomo/cadmio/mercurio) + la normativa sobre baterías. Para inversores, consulte la norma EN 50581 DCD (Fuente: Asaptic/TUV SÜD/GISN).
- Incorpore REACH en los contratos de aprovisionamiento: La entrega incluye la declaración de SVHC y el informe de ensayo; los proveedores son responsables de volver a realizar las pruebas al actualizar la lista;
los proveedores de productos SVHC que no cumplan con la normativa se enfrentarán a sanciones por retirada del mercado (Fuente: NovaEuris).
- Establezca puntos de control de cumplimiento: Se realizan tres comprobaciones de SVHC antes de la revisión del diseño, la muestra de preproducción y el envío;
se recuerda a los proveedores que actualicen la lista cada seis meses (Fuente: NovaEuris).
- Priorice las cadenas de suministro consolidadas: Seleccione fabricantes con equipos REACH, experiencia en exportaciones a la UE y capacidad para actualizar la documentación según la lista;
Los importadores de la UE tienen la responsabilidad de notificar (Fuente: NovaEuris/UE).
Tendencias y resumen
El cumplimiento de la normativa química avanza hacia barreras digitales estrictas: la norma EN 50581:2026 DCD (1 de noviembre de 2026) integra las declaraciones RoHS/REACH/POP/PFAS en el acceso al mercado (Fuente: GISN).
La expansión de las sustancias altamente preocupantes (SVHC) continúa: se actualizan 36 lotes de 253 artículos cada seis meses; aquellos que contienen SVHC no pueden obtener ecoetiquetas, lo que obliga a buscar alternativas (Fuente: OMC).
La aplicación y la revisión divergen: la revisión del texto de REACH se ha archivado, pero se ha reforzado la vigilancia fronteriza; los anexos podrían endurecerse discretamente;
no baje la guardia (Fuente: OMC).
Las regulaciones sobre baterías se solapan con REACH: límites de plomo/cadmio/mercurio + huella de carbono + contenido reciclado + pasaporte de baterías.
El cumplimiento de la química de almacenamiento de energía se convierte en una restricción multidimensional (Fuente: TÜV SÜD). Para los compradores, la respuesta a las regulaciones REACH para componentes de almacenamiento de energía fotovoltaica es: REACH es la regulación de la UE sobre el registro, evaluación y restricción de la autorización de sustancias químicas (RACOR); el aspecto más crítico de los productos terminados de almacenamiento de energía fotovoltaica es la obligación del artículo: los SVHC > 0,1 % deben notificarse a los usuarios y consumidores posteriores (Artículo 33), > 1 tonelada/año debe notificarse a la ECHA en un plazo de 6 meses, y superar el límite también requiere la notificación SCIP; los módulos están excluidos de RoHS, el plomo sigue REACH + WEEE, las baterías de almacenamiento de energía están sujetas al Anexo 17 (plomo 100 ppm/cadmio 20 ppm/mercurio 5 ppm) + regulaciones de baterías, los inversores están sujetos a EN 50581 DCD;
La lista de 253 sustancias altamente preocupantes (SVHC, por sus siglas en inglés) se actualiza cada seis meses, los documentos se conservan durante 10 años y los importadores de la UE son responsables: se requiere un conjunto completo de declaraciones SVHC e informes de pruebas, que se revisan capa por capa, y el reglamento REACH se considera un indicador fundamental para la aceptación de la adquisición.
La propuesta sobre el bisfenol A fue retirada (Fuente: OMC).
Los productos que contienen sustancias altamente preocupantes (SVHC) no pueden obtener la etiqueta ecológica de la UE (Fuente: OMC).
Las sustancias de la lista de candidatas podrían añadirse a la lista autorizada en el futuro, en cuyo caso se requerirá autorización para su uso continuado (Fuente: Intertek/OMC).
La lista de alto riesgo incluye: plomo, cadmio, ácido ftálico y ciertos retardantes de llama que se encuentran comúnmente en componentes electrónicos y materiales de baterías, estrechamente relacionados con el almacenamiento de energía fotovoltaica (Fuente: NovaEuris).
V. Proceso de pruebas y cumplimiento
Identificación de SVHC: Obtener declaraciones completas de materiales de los proveedores (celdas de batería, BMS, carcasas, cables) para confirmar si contienen >0,1 % (p/p) de SVHC (Fuente: NovaEuris).
Diligencia debida: REACH no exige pruebas específicas. Los análisis específicos los realizan laboratorios acreditados (SGS/TUV/BV): ICP-OES para metales y GC-MS para compuestos orgánicos, con un coste de entre 500 y 2000 dólares por variante de producto (Fuente: NovaEuris).
Notificación: Los importadores o fabricantes de la UE deben registrarse en el portal de la ECHA para recibir notificaciones de SVHC.
Las notificaciones son obligatorias para cantidades superiores a 1 tonelada y a un porcentaje anual superior al 0,1 % (Fuente: NovaEuris).
Documentación técnica: Conserve la lista de materiales (BOM), los informes de ensayo y la declaración del proveedor durante al menos 10 años para la vigilancia del mercado (Fuente: NovaEuris/Conphora).
Mantenimiento de la documentación: La lista de candidatos de la ECHA se actualiza cada seis meses. Los cambios de proveedor o las actualizaciones de la lista requieren la repetición de las pruebas y la actualización de la ficha de datos de seguridad (SDS) y la declaración (Fuente: NovaEuris).
Partes responsables y últimas tendencias
- Partes responsables: Las obligaciones del Reglamento REACH recaen sobre los importadores/fabricantes de la UE; los fabricantes de fuera de la UE pueden designar un representante único;
los importadores deben verificar que los fabricantes hayan cumplido con sus responsabilidades y conservar la documentación durante 10 años (Fuente: UE/Intertek). - 27 de abril de 2026: La UE abandona la revisión integral del Reglamento REACH: se posponen el período de validez de registro de 10 años, el registro obligatorio de polímeros, etc., lo que proporciona a las empresas estabilidad en la planificación a corto plazo (Fuente: OMC).
- Sin embargo, se refuerza la aplicación de la normativa: interceptación en frontera de productos que no cumplen con la normativa + mayor vigilancia del mercado interior de la UE;
las modificaciones de los anexos aún pueden elevar el umbral (Fuente: OMC). - Las propuestas de restricción de las sustancias PFAS son el siguiente paso, que se espera que se publiquen antes de finales de 2026;
Es necesario investigar previamente la cadena de suministro de productos químicos fluorados (PTFE/PVDF) (Fuente: OMC).
Para el almacenamiento de energía fotovoltaica: la Declaración Digital de Sustancias Químicas (DCD) (1 de noviembre de 2026), la normativa sobre baterías relativa a la huella de carbono y el reciclaje, y la norma EN 50581 están transformando el cumplimiento de la normativa química, pasando de la mera documentación a un requisito obligatorio para el acceso al mercado (Fuente: GISN/TUV SÜD).
VII. Recomendaciones para la AdquisiciónExigir la Declaración de SVHC + Informe de Ensayo para la Adquisición: Exigir a los proveedores que proporcionen la documentación de conformidad con REACH/SVHC (declaración de materiales + informe de terceros + Declaración de Conformidad) y verificar los componentes incluidos en la lista de candidatos de la ECHA (Fuente: NovaEuris).
Verificación por niveles de almacenamiento de energía fotovoltaica: Para los módulos, verificar la notificación de SVHC del Artículo 33 y el reciclaje de RAEE; para las baterías de almacenamiento de energía, verificar el Anexo 17 de REACH (límites de plomo/cadmio/mercurio) + la normativa sobre baterías. Para inversores, consulte la norma EN 50581 DCD (Fuente: Asaptic/TUV SÜD/GISN). - Incorpore REACH en los contratos de aprovisionamiento: La entrega incluye la declaración de SVHC y el informe de ensayo; los proveedores son responsables de volver a realizar las pruebas al actualizar la lista;
los proveedores de productos SVHC que no cumplan con la normativa se enfrentarán a sanciones por retirada del mercado (Fuente: NovaEuris). - Establezca puntos de control de cumplimiento: Se realizan tres comprobaciones de SVHC antes de la revisión del diseño, la muestra de preproducción y el envío;
se recuerda a los proveedores que actualicen la lista cada seis meses (Fuente: NovaEuris). - Priorice las cadenas de suministro consolidadas: Seleccione fabricantes con equipos REACH, experiencia en exportaciones a la UE y capacidad para actualizar la documentación según la lista;
Los importadores de la UE tienen la responsabilidad de notificar (Fuente: NovaEuris/UE).Tendencias y resumen
El cumplimiento de la normativa química avanza hacia barreras digitales estrictas: la norma EN 50581:2026 DCD (1 de noviembre de 2026) integra las declaraciones RoHS/REACH/POP/PFAS en el acceso al mercado (Fuente: GISN).
La expansión de las sustancias altamente preocupantes (SVHC) continúa: se actualizan 36 lotes de 253 artículos cada seis meses; aquellos que contienen SVHC no pueden obtener ecoetiquetas, lo que obliga a buscar alternativas (Fuente: OMC).
La aplicación y la revisión divergen: la revisión del texto de REACH se ha archivado, pero se ha reforzado la vigilancia fronteriza; los anexos podrían endurecerse discretamente;
no baje la guardia (Fuente: OMC).Las regulaciones sobre baterías se solapan con REACH: límites de plomo/cadmio/mercurio + huella de carbono + contenido reciclado + pasaporte de baterías.
El cumplimiento de la química de almacenamiento de energía se convierte en una restricción multidimensional (Fuente: TÜV SÜD). Para los compradores, la respuesta a las regulaciones REACH para componentes de almacenamiento de energía fotovoltaica es: REACH es la regulación de la UE sobre el registro, evaluación y restricción de la autorización de sustancias químicas (RACOR); el aspecto más crítico de los productos terminados de almacenamiento de energía fotovoltaica es la obligación del artículo: los SVHC > 0,1 % deben notificarse a los usuarios y consumidores posteriores (Artículo 33), > 1 tonelada/año debe notificarse a la ECHA en un plazo de 6 meses, y superar el límite también requiere la notificación SCIP; los módulos están excluidos de RoHS, el plomo sigue REACH + WEEE, las baterías de almacenamiento de energía están sujetas al Anexo 17 (plomo 100 ppm/cadmio 20 ppm/mercurio 5 ppm) + regulaciones de baterías, los inversores están sujetos a EN 50581 DCD;
La lista de 253 sustancias altamente preocupantes (SVHC, por sus siglas en inglés) se actualiza cada seis meses, los documentos se conservan durante 10 años y los importadores de la UE son responsables: se requiere un conjunto completo de declaraciones SVHC e informes de pruebas, que se revisan capa por capa, y el reglamento REACH se considera un indicador fundamental para la aceptación de la adquisición.